miércoles, 18 de abril de 2012

JUICIOS DE REALIDAD Y JUICIOS DE VALOR

Hace tiempo que la filosofía moderna ha hecho la distinción capital entre juicios de realidad y juicios de valor.

Todo el mundo sabe que juicio es el pensamiento de una relación entre dos términos. Uno de los dos términos, el llamado sujeto, indica la cosa de quien se afirma o niega algo y el otro término, llamado predicado, expresa lo que se afirma o niega del primero. Así, en el juicio: el oro es un metal, oro es el sujeto, pues indica la cosa de que se habla, y metal es el predicado, pues expresa lo que se dice del oro. En el juicio: el oro es apetecible, oro es el sujeto y apetecible es el predicado.

Comparemos, empero, los dos predicados que sucesivamente hemos atribuido al oro: metal y apetecible. El predicado metal pertenece al oro mismo, es inherente al oro, de tal suerte, que en todo tiempo y circunstancia siempre el juicio: el oro es un metal, resulta verdadero. En cambio el predicado apetecible no pertenece al oro mismo, en absoluto, no es inherente al oro en todo tiempo, lugar y circunstancia. No siempre es verdadero el juicio siguiente: el oro es apetecible. Robinsón, en su isla, no apetece poseer oro; y cualquier otro objeto de escasa valía para nosotros, es, en cambio, para él de un valor inestimable.

¿A qué obedece esta capital diferencia? Observemos aún otra, que nos pondrá en el camino de la solución. El primer juicio: el oro es un metal, expresa una relación en que los dos términos son oro y metal. Y en esta relación no interviene ningún término más. Los conceptos oro y metal tienen en sí mismos su plena significación que reciben de las relaciones que a su vez cada uno de ellos mantiene con otros objetos de la naturaleza. En suma, el primer juicio expresa una relación totalmente objetiva.

Veamos ahora el segundo juicio: el oro es apetecible. Existe desde luego una relación entre los dos términos oro y apetecible. Pero además existe, más o menos ocultamente -en este ejemplo, de un modo bien manifiesto-, otra relación en la que uno de los términos es: yo. En realidad, el juicio debe formularse así: el oro es apetecible para mí, o para el hombre. El segundo término: apetecible, no expresa y significa un concepto totalmente reductible a relaciones objetivas, sino un concepto cuya significación arranca de una fundamental relación conmigo, con el yo, con el que habla; en suma, el segundo juicio no expresa una verdad objetiva, sino un estado subjetivo del ánimo con respecto al oro. Ahora bien, el tal estado subjetivo del ánimo, con respecto al oro, depende de muchas y muy varias circunstancias, consideradas todas ellas, a su vez, no en lo que tengan de objetivamente real y permanente, sino en sus relaciones con respecto a mí, al yo, al que formula el juicio; por consiguiente, la verdad del segundo juicio no es constante, universal y necesaria, sino contingente, particular, dependiente de esas mil circunstancias. Robinsón se halla colocado en tales coyunturas que, para él, no es verdadero el juicio: el oro es apetecible. El oro, para Robinsón, no tiene valor.

M. García Morente, Juicios de valor, «Revista General», 1918.